Circular nº P-002/08.11

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La experiencia obtenida en el trámite de las propuestas de rehúse de responsabilidades de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, así como la necesidad de agilizar el trámite de los casos que lo requieren, demanda establecer los criterios de actuación siguiente:

Primero.- Es fundamental revisar en los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional, sean con baja o sin baja, si se dan, entre otras, situaciones de morosidad, infracotización, tarificación incorrecta, falta de alta del trabajador en la TGSS, imprudencia temeraria, dolencias debidas a procesos de enfermedad, etc., siendo competencia del centro u oficina, detectar e informar lo que proceda en cada caso. Esta revisión debe hacerse, necesariamente, lo más rápidamente posible al efecto de no asumir la Mutua responsabilidades que no le competen, y no crear en el trabajador, empresa u otros, la sensación de estar aceptando, por la ausencia en tiempo de un pronunciamiento expreso y, por el contrario, como sucede en no pocas ocasiones, estar adelantando el proceso asistencial sin haberles advertido de la situación en ningún momento.

Segundo.- En el supuesto de concurrir alguna causa de rehúse deberá remitirse por el Centro Asistencial/Oficina la propuesta de rehúse a la Dirección de Prestaciones.

Tercero.- A tal efecto se utilizará obligatoriamente el modelo anexo, acompañando la documentación necesaria que justifique el motivo existente para el rehúse, incluido el parte de accidente de trabajo.

Cuarto.- La propuesta de rehúse se firmará por el Director del Centro Asistencial/Oficina que previamente habrá informado a su Director Autonómico/Territorial. En caso de empresas pertenecientes a "grupo de empresas" también estará obligado a informar al Director Autonómico/Territorial del ámbito geográfico que gestione el grupo de empresas.

Quinto.- La Dirección de Prestaciones gestionará el proceso ulterior en todo lo que demande el rehúse e informará oportunamente al Centro Asistencial/oficina.

Sexto.- Rehusado el expediente, el proceso no finaliza pues cuando el caso lo requiera, se iniciará el procedimiento de reclamación de gastos asumidos o anticipados por la Mutua frente a sus responsables.
El procedimiento de reclamación de todos los siniestros se llevará a cabo desde la Dirección de Prestaciones, siendo la persona encargada de ello Minerva Ruiz Rodríguez, quien solicitará a los Centros Asistenciales/Oficinas los justificantes de los gastos y efectuará todas las gestiones y trámites que sean precisos.

La presente Instrucción deroga la nº L-009/01.0

Carta Modelo Aceptación o Rehuse.doc

Silvia Ferré Sanz
Directora Prestaciones


 
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