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Circular nº C-074/20.0
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De acuerdo con la normativa vigente de gestión de residuos sanitarios y con la específica establecida a nivel estatal
1
y por algunas comunidades autónomas
2
ante la actual situación de pandemia por COVID-19, se recuerda a continuación los criterios para la gestión adecuada de residuos generados en nuestros centros por la asistencia sanitaria a pacientes sospechosos de padecer el COVID-19.
1
Orden SND/271/2020, de 19 de marzo, por la que se establecen instrucciones sobre gestión de residuos en la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, especialmente lo determinado en el el apartado 2.5.
2
Cataluña. Decreto Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, en concreto lo determinado en su art. 9.
Gestión de los residuos sanitarios de riesgo procedentes de la actividad asistencial en pacientes diagnosticados o sospechosos de sufrir el COVID-19.
Andalucía. Acuerdo de 20 de marzo de 2020 del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento de las directrices de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible en materia de gestión de residuos domésticos y COVID-19 , en concreto lo determinado en el punto 2.3. Procedimientos de gestión de los hospitales, ambulancias, centros de salud laboratorios, y derivados de la desinfección de instalaciones, etc. en contacto con COVID-19.
Esta sistemática de gestión afecta únicamente a los centros asistenciales, ya que los hospitales disponen de sus propios protocolos específicos de actuación.
1.- Gestión interna de los residuos
En aquellos pacientes en los que se haya activado el protocolo PROAS R003/14,
Protocolo de admisión ante paciente con sospecha de contagio biológico, o cualquier otro paciente en el que surja la sospecha durante el desarrollo de la asistencia sanitaria en el centro, se actuará según lo establecido en el manual M-1456. COVID-19 - Plan de de Actuación frente a situaciones de emergencia con riesgo biológico (CORONAVIRUS). Este manual detalla en su punto 4.2.12 los criterios para la gestión de los residuos y el protocolo de limpieza dentro del centro (página 18):
“La segregación en el origen de los residuos del grupo III es el punto más importante, para ello se utilizarán los recipientes que han de ser: preferentemente rígidos, estancos, opacos, resistentes para el tipo de tratamiento, asépticos en su interior, impermeables, con un exterior adecuado, preferentemente de material reciclado, con un volumen no superior a 60/70 litros, rotulados con el indicativo de
Residuos de riesgo
y preferentemente con cierre especial hermético de fácil apertura y que no pueda abrirse de forma accidental. En el caso de que se utilicen bolsas éstas serán de galga 400 (color rojo)".
Para el tratamiento en el entorno del COVID-19 en la com. autónoma de
Cataluña
se utilizará
doble bolsa de galga 220
, teniendo en cuenta que para su correcta gestión deberán estar correctamente precintadas.
Si se necesita la reposición de las bolsas rojas actualmente existentes en todos los centros, se puede solicitar a través del petitorio
con el
código 122275
.
A nivel estatal, según se recoge en la Orden SND/271/2020, de 19 de marzo
en su apartado 2.5 (
Andalucía, a su vez, lo recoge en el Acuerdo de 20 de marzo de 2020 del Consejo de Gobierno, en materia de gestión de residuos domésticos y COVID-19, en el punto 2.3,
estos residuos se considerarán residuos infecciosos y se gestionarán
como
Grupo III
, según lo dispuesto para los mismos en la regulación autonómica sobre residuos sanitarios,
como viene haciéndose habitualmente
para este tipo de residuos.
En el caso de
Cataluña
, de acuerdo con el artículo 9.1 del Decreto Ley 7/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación pública, de salud y gestión de residuos sanitarios, de transparencia, de transporte público y en materia tributaria y económica, la segregación se realizará en
doble bolsa de galga 220
, para lo que se utilizarán las bolsas negras galga 220 suministradas a través del petitorio.
En el caso de
residuos punzantes y cortantes
, se utilizará los
contenedores habituales suministrados
por el proveedor
Srcl Consenur
(Stericycle).
Se continuará gestionando el resto de los residuos sanitarios de los centros asistenciales de la manera habitual, establecida en los manuales M-1131. Manual de gestión de residuos y M-1371. Servicios de Recogida de Residuos.
A efectos de resumen de los criterios a utilizar en caso de COVID-19, se adjunta cuadro,
Residuos punzantes, cortantes y vacunas
Punzantes (agujas), cortantes (bisturís), vacunas.
Residuos de curas de pacientes por COVID-19: Grupo III
Gasas, vendajes, algodón usado, compresas de un único uso con restos de sangre, secreciones, excreciones, yesos, ropas, curas o pequeñas intervenciones quirúrgicas.
2. Gestión externa con transportista/gestor autorizado
Ante el carácter extraordinario de estas retiradas de residuos, se tramitará estas solicitudes al transportista/gestor autorizado a través de la aplicación corporativa "Solicitud de servicio", mediante la creación de una nueva solicitud de tipo "Gestión de residuos", donde se detallará:
“
SOLICITO GESTIÓN DE RESIDUOS DE LOS EPIS Y OTRO MATERIAL SANITARIO DERIVADO DE UNA ATENCIÓN EFECTUADA A UN PACIENTE SOSPECHA/INVESTIGACIÓN POR CORONAVIRUS. SE TRATA DE UN RESIDUO BIOSANITARIO CLASE O GRUPO III”, indicando el volumen necesario.
La gestión dentro y fuera del centro de estos residuos será como residuos biosanitarios peligrosos, con tratamiento final mediante esterilización o incineración. Por tanto, las bolsas deberán salir de nuestros centros con el adecuado etiquetado como residuo biosanitario de riesgo (clase o grupo III)l, que se puede imprimir desde la propia aplicación Gestión de residuos de la Intranet.
El transportista y gestor de residuos
Srcl Consenur
(Stericycle) nos ha remitido su protocolo interno para la recogida de este tipo de residuos, en el que establece como
condición indispensable
para la recogida de esos residuos en nuestros centros
que debemos entregar adecuadamente cerrados
los contenedores rígidos de punzantes y cortantes y/o las
bolsas identificadas como GIII
(grupo III) con el material de curas, EPIs y otro material que haya estado en contacto con sangre y otras secreciones de los pacientes. Para el cierre del contenedor/bolsa se puede utilizar la cinta de embalaje de Asepeyo.
Cualquier aspecto que no se encuentre dentro de estos criterios de gestión, deberá notificarse a la Dirección de Calidad y/o al Servicio de Prevención Propio (SPP).
José Ignacio Miranda Ros
Director de Calidad
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PREVENCION
PROAS
RESIDUOS
RIESGOS
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Autor
24/03/2020
0
Primera versión de la Circular
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