Circular nº C-084/23.1

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Comité de Gerencia, Directores Funcionales + Gerentes Hospitales, Personal Direcciones Funcionales, Personal Hospital Coslada, Personal Hospital Sant Cugat, Personal Sevilla-Cartuja + JOSE VICENTE COLOMA, ESTER TOLRA ESCUER, FRANCISCA LOPEZ FRASQUET + Otros_Lectores





El artículo 28.4 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (LCSP) establece que:

"4. Las entidades del sector público programarán la actividad de contratación pública, que desarrollarán en un ejercicio presupuestario o períodos plurianuales y darán a conocer su plan de contratación anticipadamente mediante un anuncio de información previa previsto en el artículo 134 que al menos recoja aquellos contratos que quedarán sujetos a una regulación armonizada".

Con el fin de cumplir con lo dispuesto en dicho precepto (que es de aplicación a las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en tanto que entidades que forman parte del sector público a los efectos de la normativa de contratación pública) antes del 15 de octubre de 2023, cada Dirección Funcional y Gerencia de Hospital  ha de remitir a la Dirección de Contratación la relación de TODOS los contratos/conciertos (cualesquiera que sea su objeto e importe, y ya se trate de nuevas necesidades o de renovaciones de contratos existentes) que tiene previsto que se formalicen en 2024 y durante el primer semestre de 2025, incluidas aquellas licitaciones que se prevé puedan exceder el importe económico de la reserva.

Esta información se ha de cumplimentar en el archivo que se compartirá a la publicación de esta Circular con todas las DDFF y Gerencias de Hospitales por Drive.



(Acceso restringido)

Recibida la planificación de cada DDFF/Hospital, por parte de Dirección de Contratación se analizará la misma. Con carácter previo a su publicación definitiva en la Plataforma de Contratación del Estado (PLACE) será analizada y validada provisionalmente por parte del Comité de Control del Gasto (CCG).


Con el resultado final que quede se programarán las fechas de licitación previstas (informando de todo ello a los interesados).


En el caso de que sea preciso el CCG programará reuniones individuales con las DDFF/Hospitales antes y/o después de la realización de la memoria de financiación) para tratar casos individuales de nuevas necesidades o aumentos de cuantía respecto a la licitación anterior con el objetivo de adecuar la contratación a la disponibilidad presupuestaria y a las reglas de reserva de crédito, así como asegurar el objetivo de la línea estratégica de eficiencia y control del gasto del actual Plan Estratégico.


A principios de 2024, y dando cumplimiento a lo previsto en el artículo 28.4 LCSP, se publicará en la Plataforma de Contratación del Sector Público la programación definitiva de la contratación de ASEPEYO para el ejercicio 2024.

De conformidad con lo dispuesto en el citado art. 28 LCSP y según el criterio que se está siguiendo por parte de los órganos de fiscalización y control, salvo casos de urgencia (debidamente acreditada) NO se podrá tramitar ninguna solicitud de contratación que se no se haya incluido en la planificación.

Sin perjuicio de la planificación que se ha de remitir, las DDFF y Gerencias de los Hospitales deberán activar las solicitudes de contratación correspondiente en @plica, como mínimo, con la antelación indicada en el apartado 7.1 del Manual M-1488.

Albert López Zomeño
Director de Contratación


 
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